EXPRESIÓN…

HÉCTOR MANUEL IRACHETA LARA.

Una frase del Perro Callejero:
El Perro Callejero, a diario visita escuelas…es uno de sus lugares preferidos…convivir con niños lo hace feliz…esta vez…los encontró discutiendo por motivo de los resultados de sus exámenes trimestrales. Les pidió no discutir ni pelear…mucho menos burlarse…levanta su patita izquierda…y les suelta su frase:
“Miren, respeten a sus compañeros…porque quien saca 8, 9, 10…serán los maestros de sus hijos o grandes empresarios o científicos…ellos son los que van a cambiar el mundo… los de calificación 6 al 7 serán trabajadores independientes, pequeños empresarios o sus trabajadores…y los de calificación de 5 para abajo serán sus presidentes municipales, gobernadores, diputados…o presidentes de la República ! (Con sus honrosas excepciones)…así que respétense!…y disfruten el Día del niño!
————————————————————
Al tema…

1. PRESTACIÓN QUE SE DA EN 79 PAÍSES…
Según la OCDE ( la organización para la cooperación y el desarrollo económico) el reparto se da solo en 79 países, incluso,en algunos países no se reparte en efectivo, sino que, a los trabajadores se les entregan acciones de la empresa, para que, poco a poco los trabajadores pasen a ser dueños de la empresa.

2. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL…
La participación de las utilidades a los trabajadores ( PTU) es un derecho establecido en la fracción IX, inciso e), del artículo 123 de la constitución política de nuestro país,

3. FUNDAMENTO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO…
Es uno de los tantos derechos que ha quedado intacto, en aquella reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), de 2012 y la del 1 de Mayo 2019 …Incluso está reglamentado en los mismos artículos de la ley federal del trabajo anterior: del artículo 117 al 131. ( 2021 tiene algunos agregados. Más adelante lo vemos).

4. PORCENTAJE ESTABLECIDO DE LA PTU…
La comisión nacional para la participación de las utilidades fija el porcentaje a pagar. En este caso es de un 10% ( art 118 Ley federal del trabajo).

En el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN…del 18 de septiembre 2020, se estableció que:
“El porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades de las empresas, deberá mantenerse en el 10% aplicable sobre la renta gravable.”

En el artículo 589 de la misma ley, se establece:
“Los sindicatos, federaciones y confederaciones de trabajadores o los patrones,no podrán presentar una nueva solicitud de revisión, sino después de transcurridos diez años de la fecha en que hubiese sido desechada o resuelta la solicitud.

5. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES ( PTU)..

A) Art 124. Se pagará la PTU, sobre cuota diaria.

B) Artículo 122.- El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.
C) Artículo 123.- La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:

Se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios….La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

6. LÍMITES PARA REPARTO DE LA PTU…( DOF 23 abril 2021)
Art 127 Fracc. VIII Ley Federal del Trabajo:
A) “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.”
( aquí termina la fracción).

B) El 10% de utilidades que deben repartir las empresas se individualiza considerando los dos factores tradicionales:
días trabajados y salario devengado.

C) Se continuará aplicando la misma fórmula, pero con un nuevo criterio. Si después de contemplar los días trabajados y el salario, el monto de PTU es superior a tres meses de sueldo, este se topará a tres meses.Lo que sigue…quedó igual en la Ley.
1. PLAZO DE REPARTO…
A) El reparto de las utilidades a los trabajadores debe hacerse a más tardar 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (así está redactado el art. 122 de la ley federal de trabajo).

B) Las personas morales, entregarán las utilidades a más tardar el 30 de mayo de cada año y las personas físicas a más tardar el 30 de junio de cada año.

C) Utilidades que no cobran los trabajadores, se suman a las del año siguiente y se reparten a todos los empleados con derecho ( artículo 112 de la ley federal del trabajo.

2. QUIENES SON LAS EMPRESAS EXENTAS DE PAGO DE PAGO DE PTU (art.126 ley federal del trabajo)…
A) las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante sus dos primeros años de funcionamiento.
B) Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración.
C) Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, con fines humanitarios sin propósito de lucro. ( cruz roja,cáritas, etc)
D) El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistencia o beneficencia.
E) Y las empresas cuyos ingresos anuales no sea superior a 300,000 pesos, tampoco están obligadas al reparto de utilidades.nnn

¿QUÉ TRABAJADORES TIENEN DERECHO A LAS UTILIDADES?…
los trabajadores eventuales que hayan laborado por lo menos 60 días de manera continua o discontinua.
Los trabajadores de planta independientemente de los días trabajados.

QUE TRABAJADORES NO TIENEN DERECHO A LAS UTILIDADES…( que injusto verdad??)
Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades… Ni los trabajadores domésticos ( ni siquiera está contemplado en la nueva ley)…
PTU EXENTA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA…15 SALARIOS MÍNIMOS GENERALES.

CADA PESO DE UTILIDAD QUE OBTIENEN LOS PATRONES…LES QUEDA LIBRE 55 CENTAVOS…
Una vez que el empresario creó el producto, convenció al proveedor para que surtiera las materias primas, lo transformó en un producto para su venta, convenció al trabajador de elaborar bajo determinados estándares, sistemas, normas y políticas de trabajo, se convenció al cliente para que lo consuma y realizó milagros para administrarlo y obtener ganancias…debe repartir 45 centavos de cada peso que obtiene de utilidades…
POR QUÉ?…
Pues porque la ley general de sociedades mercantiles obliga apartar 5 centavos de cada peso , hasta crear la reserva legal, equivalente a un mínimo de 25% del capital social.
La ley del Impuesto sobre la renta obliga a pagar 30 centavos de contribuciones de cada peso obtenido de utilidad.
La Ley Federal de Trabajo obliga repartir 10 centavos a los trabajadores….

12. SI LA EMPRESA ESTÁ OBLIGADA AL PAGO DE UTILIDADES Y NO LO HACE…DE QUE TAMAÑO ES LA MULTA?…
De 250 a 5000 UMAS (art. 994 fracción. II )…es decir la multa puede ser de 25, 935 a 518,700 pesos por cada trabajador que se queje y tenga la razón jurídica (uff!!!)

DOS PREGUNTAS…
Y las pérdidas…y las pérdidas cuando se compartirán?
Y liquidez…de dónde ?
_______________________________________
UNA REFLEXIÓN…
LOS NIÑOS…
Por más que los gobiernos municipales, estatales o federales celebren logros y obras…Mientras haya un niño en la calle, carente de alimento…educación escolarizada…hogar…cariño…amor…toda política y obra pública será un fracaso!
Qué más cosas veremos en este siglo XXI, siglo de María Magdalena!!!…

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *